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31 de agosto de 2009

                                                     SN 09/09-10

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EL COMITÉ DE PERSONAL REITERA SU COMPROMISO  DE VELAR  PARA QUE TODO ESFUERZO QUE SE EMPRENDA EN LOGRAR LA MODERNIZACIÓN Y TRANSFORMACIÓN INSTITUCIONAL NO PONGA EN RIESGO LOS DERECHOS Y GARANTÍAS  FUNDAMENTALES  DEL PERSONAL DE LA ORGANIZACIÓN

El pasado 23 de julio, la Administración informó al Comité de Personal sobre el proceso en curso de revisión de normas, modernización, transformación y transparencia administrativa, cuyo primer paso consiste, según se indicó, en la modificación de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General, específicamente en lo relativo a los siguientes puntos concernientes al personal:

1.- La contratación de funcionarios y contratistas independientes;

2.- La clasificación de los cargos;

3.- El sistema de audiencia y reconsideración; y

4.- La evaluación de desempeño.

En los días que siguieron se llevaron a cabo sesiones informativas con miembros del Comité de Personal sobre la propuesta de reforma, en las cuales, funcionarios del Departamento de Recursos Humanos hicieron presentaciones muy generales sobre algunos aspectos de las modificaciones propuestas.

Sin embargo, sólo  hasta el pasado viernes  21 de agosto, en una reunión convocada  por el Secretario de Administración y Finanzas, nos fue entregado el documento en borrador, con la propuesta de modificaciones a las Normas Generales.

Según se informó, la propuesta amplia de reforma de las Normas Generales se estaría presentando para aprobación de la Asamblea General Extraordinaria prevista para el próximo 30 de septiembre. La revisión del Reglamento de Personal, por otra parte, incorporando las propuestas concretas correspondientes a los puntos mencionados, se realizaría posteriormente en caso de ser aprobadas las modificaciones a las Normas Generales.

A partir de lo anterior, y en concordancia con el literal b del artículo 2 del Estatuto de la Asociación de personal, que establece como propósito de esta última “Proteger los derechos de todos los miembros del personal de la Secretaria General, especialmente en lo que se refiere a sus condiciones de empleo…”, este Comité ha otorgado la mayor  prioridad al análisis y estudio de los insumos entregados por la Administración, y en consecuencia considera:

Que hasta la fecha no se cuenta con un análisis riguroso y comprensivo, ni con  documentación que precise los alcances y efectos jurídico-administrativos que dichas reformas tendrían sobre los derechos y garantías reconocidos al personal de la Organización en los instrumentos vigentes que la rigen;

Que el plazo concedido al Comité para la revisión y consulta de la propuesta de reforma de las Normas Generales no corresponde a la magnitud de las modificaciones propuestas, las cuales abarcan cuatro aspectos fundamentales del actual régimen de personal; 

Que, en esas condiciones, es imposible para el Comité realizar un análisis serio y responsable acerca de las repercusiones que dichas modificaciones pudieran implicar para el personal de la Organización.

Por  todo lo anterior, el Comité considera que es improcedente  presentar una propuesta de reforma de las Normas Generales a la Asamblea General Extraordinaria  programada para el próximo 30 de septiembre.

No obstante, el Comité de Personal destaca el esfuerzo que está realizando la Secretaría General a fin de atender las recomendaciones, solicitudes y observaciones en materia de modernización, transformación y transparencia administrativa previstas en las Resoluciones Presupuestarias de la Asamblea General y en las recomendaciones de la  Inspectora General y de la Junta de Auditores Externos. Los  planteamientos de la Secretaría General sin duda se acogen a una clara visión sobre la Misión que debe cumplir la Organización.

El Comité reconoce la oportunidad que se le brinda para participar en estos  esfuerzos, así como para aportar sus comentarios y apreciaciones, los cuales están motivados en la aspiración compartida por todo el equipo humano de la OEA, de avanzar hacia la modernización de la Organización. Teniendo en cuenta, no obstante, su compromiso primero de velar por que todo esfuerzo que se emprenda en ese sentido, no ponga en riesgo los derechos y garantías fundamentales del personal.

 

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