Del Comité del Personal 2015-2016

(202) 370-4645

8 de febrero de 2016

 

FYI # 4 /15-16

Original: Español

 

¿Sabías que existen normativas que regulan la conducta ética que deben seguir los funcionarios de la Secretaría General?

Los funcionarios de la Secretaría General estamos obligados, como parte de nuestros contratos, a respetar y actuar de manera ética en el ejercicio de nuestras funciones. La Orden Ejecutiva 12-03 establece el Código de ética, en el cual se definen los principios éticos que deben guiar el comportamiento del personal en la Secretaría General. Estas disposiciones, a su vez, se sustentan en instrumentos aprobados por los Estados Miembros en la Carta de la OEA y en las Normas Generales.

La Carta de la OEA en sus artículos 118 y 119 establece que el personal, en su calidad de funcionarios internacionales, no solicitará ni recibirá instrucciones de ningún Gobierno ni de ninguna autoridad ajena a la Organización y se abstendrán de actuar en forma alguna que sea incompatible con su condición de funcionarios internacionales.  Por su parte los Estados miembros se comprometen a respetar la naturaleza exclusivamente internacional de las responsabilidades del personal de la Secretaría General y a no tratar de influir sobre ellos en el desempeño de sus funciones.

De igual forma las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General en su artículo 27, 28 y 29 señalan que los funcionarios además se comprometerán a realizar sus funciones y a regular su conducta de conformidad con la naturaleza, los propósitos e intereses de la Organización.

Para mayor información consultar:

Carta de la OEA
Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General
Orden Ejecutiva 12-03

 

 

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