Del Comité del Personal 2016 - 2017

(202) 370-4645

6 de abril de 2017

 

FYI #1 /16-17

Original: Español

 

¿Sabías que existen normativas que regulan la conducta ética que debe seguir el personal de la Secretaría General?

 

El Personal de la Secretaría General de la OEA está obligado, como parte de sus contratos, a respetar y actuar de manera ética en el ejercicio de sus funciones. La Orden Ejecutiva 12-03 establece el Código de ética, en el cual se definen los principios éticos que deben guiar el comportamiento del personal de la Secretaría General, funcionarios, consultores, pasantes, becarios y proveedores de servicios. Estas disposiciones, a su vez, se sustentan en instrumentos aprobados por los Estados Miembros en la Carta de la OEA y en las Normas Generales para mantener una convivencia idónea y en armonía. 

 

La Carta de la OEA en sus artículos 118 y 119 establece que el personal, en su calidad de funcionarios internacionales, no solicitará ni recibirá instrucciones de ningún Gobierno ni de ninguna autoridad ajena a la Organización y se abstendrán de actuar en forma alguna que sea incompatible con su condición de funcionarios internacionales. Por su parte los Estados miembros se comprometen a respetar la naturaleza exclusivamente internacional de las responsabilidades del personal de la Secretaría General y a no tratar de influir sobre ellos en el desempeño de sus funciones.

 

De igual forma las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General en su artículo 27, 28 y 29 señalan que los funcionarios además se comprometerán a realizar sus funciones y a regular su conducta de conformidad con la naturaleza, los propósitos e intereses de la Organización, teniendo en cuenta que su manera de proceder en diferentes escenarios cotidianos representa la buena voluntad de la organización. 

 

Para mayor información consultar:

Carta de la OEA
Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General
Orden Ejecutiva 12-03

 

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